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A pesar de que existe una normativa médica básica por la que no se recomienda viajar en avión a una embarazada de 36 semanas o más, eso no quiere decir que de vez en cuando se produzcan casos en los que una nueva vida llega al mundo literalmente por los aires. Si ya es suficientemente estresante el momento vital de dar a luz en un hospital, con todos los medios médicos disponibles, en un avión tiene que resultar cuanto menos incómodo e inseguro.
Pero, sin embargo, cada cierto tiempo pasa. Y más allá de las preocupaciones médicas y quirúrgicas que ponen en riesgo la salud y la vida de madre y bebé, sobresale otro problema de tipo más burocrático: ¿Qué nacionalidad tiene un recién nacido que ha podido nacer bien en mitad del océano o en tierras que podrían ser de un país o de otro? Realmente, no existe una regla universal determinada sobre la ciudadanía. Algunos países simplemente siguen el derecho sanguíneo, lo que significa que el niño será de la nacionalidad de la que lo sean sus padres. Otros, conceden el derecho de suelo por el país en el que ha nacido, sin tener en cuenta el origen de los progenitores. La mayoría de los países, incluido el nuestro, se rige por la ley de que si alguien nace en España y sus padres residen aquí de forma habitual o permanente, lo normal es que el niño o niña sea considerado ciudadano español. También podría ser candidato para obtener una doble ciudadanía si sus padres son de un país diferente que otorga dicha ciudadanía con el ius sanguinis,
(ACyV)
Quizá esto sea una cuestión que nunca nos hemos planteado y que se aplicaría a viejes largos que atraviesan varios países ya sea en avión o en barco. Pero no quita que sea más habitual de lo que parece, aunque solo sea una contingencia. Normalmente se regiría por la nacionalidad de los padres a no ser que sean apátridas. Otra cosa es el viajar intencionadamente a un país para que el bebé nazca allí y obtenga una serie de derechos. En USA antes daban la nacionalidad por nacer en su territorio, y había miles de casos de mujeres latinoamericanas que viajan en avanzado estado de gestación solo para dar a luz allí a la criatura… pero creo que eso ya no está legislado en esas condiciones. En todo caso sería posible lo de la noble nacionalidad.
Pero no deja de ser algo peculiar cuando se es mayor y que al preguntar por el lugar del nacimiento se diga que en el aire o en medio del océano. Luego está el caso de aquellas personas que fallecen en un avión como Mary Santpere o Paco Rabal, pero eso ya es otra historia. Lo que tienen en común estos dos momentos se podría resumir en esta frase de Isabel Allende: “Silencio antes de nacer, silencio después de la muerte, la vida es puro ruido entre dos insondables silencios.” Entre el cielo y el mar, como la foto.
Besos.
Cuando yo era joven se decía mucho lo de "soy ciudadano del mundo", y en nuestros días no deja de tener su razón. Hoy tendemos a diluir fronteras, a homogeneizar derechos, a universalizar mentalidades..., así que no sería tan grave verse desvinculado de un estado concreto, que además acaba siendo cada vez menos autónomo.
Buenas noches .
Este tema yo si lo he pensado muchas veces, no solo en un avión pues quizas por el tema de seguridad , no creo que viajen muchas embarazadas en meses ya adelantados.Pero hay casos claro.
Pero hoy en día que hay tantos cruceros , pues fijate , yo creo que alli si pueden viajar sin problemas.Vaya , digo yo.
Y ya estamos en el tema que planteas hoy .El niño o la niña nace en medio del Oceano y luego viene el lio de que nacionalidda es o de donde és.
De todas formas igual hoy en dia no hay tanto problema , no se-
Y bueno, ese niño o niña hasta es posible que le haga gracia de mayor decir que nació en medio del mar .
Otra cosa como dices es si uno quiere que el hijo-hija nazca en un lugar determinado.Esa es otra cuestión .
Bona nit .
Un beso.
El "ius soli" derecho de suelo y el "ius sanguini" derecho de sangre. En efecto cada país tiene su propia legislación al respecto.
En España el "ius sanguini" es automático. Así que un español que trae al mundo un hijo ya sea en un avión, en la China o en Marte, ese hijo tendrá automáticamente la nacionalidad española desde el mismo momento de nacer. En tanto el "ius soli" se aplica en determinados casos. Así a nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España; a nacidos en España de padres apátridas o a los nacidos en España de filiación no determinada (por ejemplo si nacen en un avión y su primer lugar conocido de estancia sea territorio español).
Besos
eliocroca2Ayer a las 22:11
Joaki-007Ayer a las 19:54
corremundosAyer a las 11:33
gkane13/06/2025
mebarak198110/06/2025